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Agosto 2016

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Las negociaciones del Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la UE han sufrido un impulso al fijarse las fechas de interés entre las Partes para su firma y ratificación durante el próximo año 2017.

El CETA como ya se conoce a este acuerdo, es el mayor acuerdo comercial bilateral que ha negociado hasta ahora la UE, y pondría fin a los aranceles que gravan los intercambios entre los Veintiocho y Canadá.

Bruselas defiende que el ahorro anual de las empresas sería multimillonario, frente a asociaciones medioambientales, que critican entre otros puntos, la rebaja de los estándares de protección frente a organismos genéticamente modificados (transgénicos).

Formalmente se requiere aun el apoyo del Consejo Europeo (organismo representante de los intereses de los Veintiocho) y del Parlamento Europeo, pero la Comisión Europea y el Gobierno Canadiense prevén una posible firma del Acuerdo para la próxima cumbre Canadá-UE que se celebrará en el mes de octubre 2016.

Tras el largo «punto muerto» del Congreso americano, a la situación de la conocida como «Ley del Mercado Justo» aprobada solo por el Senado, y que otorgaba a los Estados la facultad de recaudar impuestos de las ventas online realizadas fuera de sus fronteras, tal y como reclamaba el comercio minorista tradicional.

La propuesta cobra de nuevo auge, con la presentación el pasado 25 de agosto, del borrador de la nueva Ley de Simplificación Tributaria de las ventas online, por parte del Presidente del Comité Judicial, que ha sido acogida con verdadero interés por la Federación Nacional de Minoristas (NRF).

Hasta la fecha y con excepciones, los gobiernos estatales únicamente podían imponer tasas sobre las transacciones realizadas en comercios con presencia física en su territorio, lo cual colocaba en situación de desventaja a los negocios tradicionales.

La nueva propuesta, podría dar por finalizados los esfuerzos de las asociaciones de minoristas, -principales perjudicados por las ventas online-, que en los últimos 15 años han presentado diversas propuestas legislativas, sin éxito, en base a una sentencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos del año 1992. El nuevo proyecto considera esta sentencia superada, e incluye avances tecnológicos de control y antifraude que hacen pensar que será aprobada.

Desde hace meses, la UE ha mantenido conversaciones con las autoridades colombianas para desbloquear las quejas de todo un sector comercial que ha visto que sus productos no se han beneficiado de las bajadas de aranceles pactadas.

El Tratado de Libre Comercio entre la UE y Colombia, en materia de las bebidas alcohólicas debería haber entrado plenamente en vigor desde el 1 de agosto de 2016, sin que ello haya ocurrido, lo cual ha llevado a la UE a considerar una grave situación de maltrato fiscal para este sector.

En este contexto, la UE, se ha visto obligada a solicitar el nombramiento de un órgano especial dentro de la OMC para discutir el conflicto. El nombramiento de este órgano se discutirá el próximo 2 de septiembre y Colombia puede oponerse a la primera solicitud, pero la UE dispone de la posibilidad de presentar una segunda solicitud que Colombia no podrá rechazar de acuerdo con la normativa de la OMC.

El nuevo proyecto de ley dirigido principalmente a adaptar la legislación fiscal del país a los estándares internacionales, se prevé que entre en vigor en enero de 2017.

Principales medidas de cambio previstas que afectan tanto a nivel corporativo como individual:

  • Reducción del tipo genérico del Impuesto de Sociedades (Corporate income tax -CIT) del 21 al 19% en 2017 y al 18% a partir de 2018. Además, propuesta de un tipo reducido del 15% para sociedades con base imponible inferior a 25.000€.
  • Impuesto sobre el Patrimonio (Minimum Net Welth Tax – NWT): La cantidad mínima NWT aplicable desde el 1 de enero el año 2016, aumentaría de 3.210€ a 4.815€ para empresas con activos financieros fijos, valores mobiliarios, y dinero en efectivo en el banco inferior o igual a 90% del total de su balance o 350.000€.
  • Uso de las pérdidas fiscales futuras: las generadas hasta el 1 de enero de 2016 seguirán siendo deducibles sin limitación temporal alguna. Las generadas a partir del 31 de diciembre de 2016 tendrán un límite temporal de 17 años.
  • Las deducciones por inversiones, de acuerdo al Régimen de crédito fiscal (ITC) se mejorarán en un punto en todos los casos.
  • Se incrementan las sanciones por declaración fiscal incompleta o errónea, de los actuales 1.240€ a 25.000€ dependiendo del importe no declarado o erróneo.
  • Respecto al IVA, las nuevas medidas se centran más en responsabilidades administrativas y penales, y en evitar el fraude y la evasión, que en una modificación de tipos o criterios, los que esencialmente se mantienen.

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