El pasado 18 de septiembre entraron en vigor nuevas modificaciones aprobadas por la Resolución del 25 de agosto de 2017 para la formalización del DUA (Documento Único Administrativo).
Los cambios apuestan por la modernización, mayor armonización e interrelación entre los procedimientos y en la gestión de aduanas de todos los Estados miembros de la UE. Esto implica cambios significativos en las declaraciones aduaneras y sobre todo en los desarrollos informáticos.
En este contexto se sustituye el lenguaje informático EDIFACT por el XML y destaca como especialmente novedoso el sistema informático de solicitud, autorización y control de garantías para obtener el aplazamiento de deuda aduanera nacida o por nacer.
Además, en el 2016 se hizo posible presentar declaraciones aduaneras antes de la presentación de las mercancías en el marco de la ventanilla única aduanera, para facilitar el intercambio de información entre la Aduana y Servicios de Inspección Fronteriza. Con el mismo objetivo, se ha dado un paso más, permitiendo la presentación anticipada de la declaración completa que será admitida automáticamente en el momento de la presentación de la mercancía.
Las declaraciones simplificadas también son otras de las más afectadas por el nuevo sistema; se modifica la información mínima exigida, se modifican los plazos y desaparecen las declaraciones incompletas.
El Reglamento UE nº 952/2013 por el que se establece el Código Aduanero de la Unión (CAU) estableció un período transitorio para estas modificaciones hasta 31 de diciembre de 2020 considerando que la gestión aduanera afecta a la operativa de comercio exterior de forma continuada, de modo que se debía permitir un proceso paulatino y de convivencia durante un período razonable. Deben adaptarse tanto los sistemas de la Administración como los de los operadores para lo que la Administración realizará un esfuerzo de divulgación e información de los cambios efectuados.