El Ministerio de Finanzas ha aprobado un nuevo procedimiento que afecta a las entidades con sede en la Unión Europea y que les permite registrarse a efectos de IVA en Grecia sin la obligación de nombrar un representante tributario local.
El nuevo procedimiento parece que acabará con los graves problemas con los que se encontraban las entidades extranjeras cuando modificaban su denominación o domicilio social o pretendían la anulación del registro de IVA ante las autoridades fiscales griegas, simplificando el proceso y aportando una guía clara a seguir.
Por otro lado, también se ha suprimido la obligatoriedad de nombrar un representante fiscal para importar bienes y productos con origen UE a Grecia. El proceso de liquidación aduanera se podrá realizar directamente siempre y cuando la entidad extranjera tramite su registro de IVA de acuerdo al nuevo sistema, el cual se obtendrá en solo 2 días desde su solicitud.
Estas modificaciones han entrado en vigor en el mes de noviembre de este año, y pretenden resultar atractivas para inversores y entidades de la UE, intentando así facilitar el comercio y el crecimiento local.