El Ministro de Finanzas de los Países Bajos, envió a la Cámara de Representantes el pasado 4 de abril, una propuesta, aún pendiente de aprobación formal, para implementar un registro de beneficiarios finales (UBO) para las empresas y otras personas jurídicas.
El Registro UBO, se integrará en el registro comercial holandés y, por lo tanto, estará bajo la administración de la Cámara de Comercio. Será un registro centralizado de los beneficiarios finales de las empresas y otras corporaciones, establecidas en los Países Bajos, y se hará efectivo como muy tarde, el 10 de enero de 2020.
Este Registro persigue aumentar la transparencia sobre el beneficiario final de las empresas, y combatir los delitos financieros y económicos, la evasión fiscal y el blanqueo de capitales, entre otros objetivos, implementando así las Directivas UE 849/2015 y 843/2018 de prevención de estos delitos financieros.
Las entidades obligadas a registrar la información de sus UBO serán: Sociedades limitadas (BV), sociedades anónimas (NV), compañías públicas europeas (sociedades anónimas europeas, agrupaciones europeas de interés económico, empresas y cooperativas europeas.
Sin embargo, las empresas unipersonales, empresas públicas, iglesias, asociaciones de propietarios, ciertos tipos de entidades legales históricas y entidades legales extranjeras con oficina principal o sucursal en los Países Bajos estarán exentos de la obligación de registrar información de su UBO.
También estarán exentas las empresas sujetas a los requisitos de divulgación de la Directiva de Transparencia de la UE.
El no cumplir con esta obligación supondrá un delito económico, y podrá ser sancionado con prisión, servicios a la comunidad o multa económica. Además, se podrán imponer sanciones adicionales, como la descalificación de la práctica profesional del director, o el cierre total o parcial de la empresa.
El retraso en la presentación de la dicha información sobre el UBO (titular o beneficiario real último) también conllevará sanciones administrativas.