La Ley de Financiamiento No. 1943, de 28 de diciembre de 2018, modificó el tipo de retención aplicable a los dividendos distribuidos por sociedades colombianas a personas jurídicas no residentes en Colombia.
Esta retención se incrementó del 5% hasta el 7,5%.
Estas modificaciones, respecto al marco vigente desde el pasado 2016, obligó a las autoridades locales, la DIAN, a emitir una Circular aclaratoria por la cual se realizan distinciones dependiendo del ejercicio que haya dado lugar a esos dividendos.
- Los dividendos procedentes de ejercicios previos al ejercicio 2017: no están sujetos a retención.
- Los dividendos procedentes de beneficios correspondientes al ejercicio 2017 y distribuidos antes del 31 de diciembre de 2018 a sociedades no residentes en Colombia: tendrán una retención del 5%.
- Los dividendos procedentes de beneficios correspondientes al ejercicio 2017 y distribuidos después del 31 de diciembre de 2018 a sociedades no residentes en Colombia: tendrán una retención del 7,5%.