El BOE de 9 de noviembre, ha publicado la ley 9/2017 de Contratos del sector público por la que se trasponen las Directivas 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, que entrarán en vigor, salvo excepciones, el 9 de marzo de 2018.
Esta nueva normativa se dirige principalmente a la prevención de conflictos de intereses, la lucha contra la corrupción y al fomento de la transparencia.
Destacan en este sentido, la eliminación de la posibilidad de utilizar el procedimiento negociado sin publicidad por la cuantía, la aplicación de un modelo de publicidad que pone en valor la Plataforma de Contratos del Sector público (se deben publicar allí necesariamente todas las licitaciones), la regulación de los conflictos de intereses y ampliación de las prohibiciones de contratar por vínculos familiares.
Señalar asimismo, los esfuerzos en aclarar la naturaleza jurídica de los importes exigidos por la prestación de un servicio público, tanto en los casos de gestión directa, como indirecta (concesiones); el refuerzo del recurso especial y su extensión a cuantías inferiores a las del importe armonizado; la profesionalización de las mesas,…
La normativa recoge además una simplificación burocrática a través del nuevo procedimiento abierto simplificado y la declaración responsable. En este contexto, se rebajan cuantías, pero se imponen nuevas reglas dirigidas a evitar que sirvan de cobertura a través de la » fragmentación del objeto», para rebajar los controles; y se obliga a informar de los contratos menores asociados a cada contratista.